Bienvenido a herencia online
Más de 20 años de experiencia en sucesiones nos avalan
En este tiempo nos hemos dado cuenta que es fundamental y necesario el desbloqueo de las cuentas hereditarias y el cobro de los seguros de vida como paso previo en la tramitación de la herencia.
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¿QUÉ HACEMOS?
Todo tipo de herencias
Confía en nosotros y despreocúpate de todos los tramites burocráticos relacionados con la herencia. Nos ocupamos de obtener la documentación necesaria y gestionar todos los trámites de principio a fin. Ofrecemos seguimiento y atención personalizada en todo momento.
Ingeniería fiscal
Buscamos la optimización fiscal en cada momento analizando cada caso para lograr el mejor resultado.
No adelantes gastos
Liquida todos los gastos hereditarios con los saldos bancarios comprendidos en la herencia.
Siempre a tiempo
Realizamos todos los trámites dentro de los plazos legales. ¡Despreocúpate!
¿QUIENES SOMOS?
Somos un equipo profesional con despacho propio y con especialización en cada una de las áreas que intervienen en el proceso hereditario.
Abogados, oficiales jurídicos y Gestores Administrativos que, ante la creciente demanda de servicios jurídicos de calidad y confianza han confeccionado un plan para poder ofrecer soluciones jurídicas eficaces online.
¿Tienes alguna duda?
Nos encargamos de todo tipo de herencias
EL PROCESO
¿Cuánto tarda?
Inicio
Obtención Documentación
Paso 1
Paso 2
Testamento o Declaración de herederos
Inventario y avaluo de la herencia
Paso 3
Paso 4
Liquidación de impuestos
Firma de escritura
Si fuese necesario
Paso 5
Paso 6
Plusvalia municipal
Inscripción en el registro
Paso 7
Preguntas Frecuentes
¿Qué plazo tengo para aceptar la herencia?
El plazo para aceptar una herencia no se encuentra especificado en ninguna ley de forma explícita. Sin embargo, el plazo para aceptar una herencia se considera de 30 años, a partir del momento en el que la persona fallece.
¿Puedo renunciar a mi parte de la herencia?
La renuncia parcial de herencia no es posible. No puedes repudiar parte de ella y aceptar el resto.
Esta información tiene algunos matices ya que se puede renunciar a la herencia aceptando la mejora, y viceversa.
También se puede aceptar un legado y renunciar la herencia y viceversa.
¿Cuándo puedo disponer del dinero de la herencia?
El dinero de la herencia se puede disponer a título personal una vez se haya liquidado y abonado el Impuesto de Sucesiones, incluso antes de la aceptación de herencia.
¿Qué plazo tengo para liquidar el impuesto de Sucesiones?
El plazo es de 6 meses desde el día del fallecimiento del causante para pagar el impuesto de sucesiones. Si bien existe la posibilidad de solicitar una prórroga de otros 6 meses, siempre y cuando esta se solicite durante los 5 primeros meses.
¿Quién debe pagar este impuesto?
El impuesto de sucesiones debe ser liquidado por todos los herederos. Se trata de un impuesto personal.
Si el heredero renunciara a la herencia en documento público, no deberá liquidar este impuesto, dado que no recibe bienes.
¿Dónde se paga el impuesto de sucesiones?
El impuesto de sucesiones debe liquidarse en la comunidad autónoma donde el fallecido tuviera su residencia habitual, que no necesariamente se corresponde con el último domicilio, sino que se trata de la residencia donde se hubiera habitado los últimos cinco años, salvo en Navarra y País Vasco, que basta con un año.
¿Puedo pagar los impuestos con cargo a las cuentas de la herencia?
Hay que acudir al banco donde está la cuenta bancaria de la persona fallecida y realizar la petición formal. Nosotros nos encargamos.